Recuerda que todos los contribuyentes están obligados a cumplir con las disposiciones fiscales a fin de evitar problemas legales
Por: Luis Valenzuela
Cada año, los contribuyentes se enfrentan a sus obligaciones fiscales con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y una herramienta crucial para mantener un contacto directo con las autoridades tributarias es el Buzón Tributario, sin embargo, el próximo año traerá consigo cambios significativos, ya que las medidas para su activación se aplicarán de manera automática a través de bancos e instituciones financieras.
Para establecer un canal efectivo de comunicación con el SAT, es imperativo que los contribuyentes cuenten con su Buzón Tributario habilitado. A través de esta plataforma, podrán acceder a información relevante sobre trámites y otros servicios proporcionados por el SAT.
La omisión de esta activación podría acarrear consecuencias graves, no solo en términos de entorpecimiento de procedimientos tributarios, sino también posiblemente desencadenando sanciones por parte de la dependencia.
SAT ACLARA DUDAS SOBRE EL BUZÓN TRIBUTARIO
En un comunicado emitido el martes 26 de diciembre, el SAT aclaró algunas dudas respecto al Buzón Tributario y las posibles sanciones asociadas.
La pregunta clave: ¿te pueden multar por no tener el Buzón Tributario? La respuesta es afirmativa. Desde el año 2020, el Buzón Tributario se convirtió en una obligación fiscal para todos los contribuyentes, y su falta de habilitación puede resultar en multas.
El SAT subrayó la importancia de mantener actualizados los datos de contacto en el Buzón Tributario, ya que constituye una responsabilidad del usuario.
El propósito fundamental de esta herramienta virtual es simplificar las notificaciones del SAT relacionadas con trámites administrativos, al mismo tiempo que busca erradicar la posibilidad de correos falsos o portales fraudulentos que podrían poner en riesgo a los contribuyentes.
¿QUIÉNES DEBEN ACTIVAR SU BUZÓN TRIBUTARIO?
Tanto personas físicas como morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) están obligadas a hacerlo, sin embargo, existen excepciones. Aquellas personas con situación fiscal de cancelados por estar relevados, así como personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y asalariados con ingresos anuales inferiores a 400 mil pesos en el ejercicio anterior, tienen la opción de no activar el Buzón Tributario sin correr el riesgo de ser sancionados.
En cuanto a las posibles multas, el artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación establece que aquellos que incumplen con las obligaciones fiscales, incluyendo la activación del Buzón Tributario, podrían enfrentar multas que oscilan entre 3,400 pesos y 10,260 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción y el tiempo transcurrido sin tener habilitado el buzón.
Es crucial que los contribuyentes tomen medidas antes del 2024 para evitar posibles sanciones y garantizar un cumplimiento adecuado de sus obligaciones fiscales.