Remesas 2023: ¿Cuánto puedo recibir sin tener que pagar impuestos al SAT?

El Servicio de Administración Tributaria debe recibir una parte de los envíos de Estados Unidos a México, pero no aplica en todos los casos

Por: Luis Valenzuela

Una importante fuente de ingresos para la economía del país son sin duda alguna las remesas que los connacionales envían desde Estado Unidos, además de significar el principal sustento para muchas familias mexicanas.

En el mes de agosto la captura de remesas tuvo un incremento del 8.6 por ciento anual, colocándose como el más alto de los últimos tres meses al contabilizarse 5 mil 563 millones de dólares por este concepto.

De hecho durante este 2023, desde el mes de enero a agosto se obtuvo una cifra histórica, al captar 41 mil 459 millones de dólares, registrándose una alza del 9.3 por ciento en comparación con el mismo periodo de 2022, de acuerdo a los datos proporcionados por el Banco de México (Banxico).

Cabe señalar que el Gobierno mexicano también se ve beneficiado con las remeses, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que este ingreso que reciben las familias no está exento de impuestos, sin embargo, dichos impuestos no se aplica en todos los casos.

SAT: REMESAS 2023

De acuerdo con el SAT, los ingresos provenientes de las remesas deben pagar lo correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual se le cobra a todas las personas, tanto físicas y morales en el país, sobre todos los ingresos que una persona u organización recibe durante el año fiscal.

Pero, resulta un poco complicado determinar la cantidad que se debe de pagar, ya que al no existir una legislación al respecto de las remesas, según el Colegio de Contadores Públicos de México, las empresas que se dedican a realizar las transferencias de remesas no solicitan el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), lo que lo vuelve aún más complicado regular el tema de la fiscalización de las remesas.

¿CUÁNTO DINERO PUEDO RECIBIR DE ESTADOS UNIDOS SIN DECLARAR AL SAT?

De acuerdo a lo establecido en el apartado XXIII del artículo 93 de la Ley Federal del Impuesto sobre la Renta, las remesas podrían quedar exentas de impuesto al considerarse que se pueden considerar como donativos siempre y cuando se reciban entre familia directa, es decir, cónyuge, padres o hijos del contribuyente; sin importar la cantidad, siempre y cuando no sean transferidos por terceros.

Solo queda aclarar que se deberán pagar los impuestos correspondientes en el caso de que el total de los donativos que se reciben sea mayor a tres veces el salario mínimo anual correspondiente al área geográfica del contribuyente.

Por ejemplo para la Zona Libre de la Frontera Norte, el monto no deberá exceder de 337 mil pesos, en tanto que para el resto del país el límite es de 224 mil pesos.