Por: Redacción
La legislación establece hasta 6 aóos de prisión a por acoso sexual digital; será devuelta a la Cámara de Diputados para las modificaciones en la minutaLa llamada Ley Olimpia, que prevé delitos como el acoso digital y, principalmente, la difusión de contenido íntimo y sexual, fue aprobada por el Senado de la Repóblica.
Con 87 votos a favor, los legisladores avalaron el dictamen, e impusieron como pena de entre 3 y 6 aóos de cárcel a quien incurra en estas prácticas, así como una multa económica.
La minuta tuvo observaciones por parte de los senadores, por lo que será devuelta a la Cámara de Diputados, para que sea elevada a plano federal esta disposición.
Sin embargo, la legislación ya había sido aprobada en varios estados y contempla distintas sanciones para los transgresores.
También el que permita o produzca un discurso de odio sexista.
Asimismo, las penas podrían aumentar en una mitad, cuando el ilícito haya sido cometido por el cónyuge o pareja.
También aplica a cualquier persona con la que la demandante hubiese tenido una relación sentimental, de confianza o afectiva, por servidores póblicos en funciones.
ANTECEDENTE
El inicio de la lucha en contra de la violencia digital inició en 2014, en Puebla, donde la activista Olimpia Coral Melo fue objeto de ello.
Y es que en redes sociales circuló un video en el que ella, cuando contaba con 18 aóos, estaba en un encuentro sexual con su novio.
Coral Melo, presente en el Senado, celebró la aprobación y agradeció vía Twitter a los legisladores la ley; y recordó: "£el trabajo y la rabia de todas las (mujeres) que nos ha arrebatado el machismo, el sistema".