¿Para quiénes no aplicaría la reducción de la jornada laboral de 40 horas?

De llegarse a aprobar esta reforma constitucional, es importante saber que no todos los trabajadores obtendrían este beneficio

Por: Luis Valenzuela

A medida que la propuesta de reducción de la jornada laboral avanza en el Congreso de la Unión, la expectación entre miles de trabajadores crece, pero vale la pena destacar que, en caso de obtener luz verde, no todos se verían beneficiados, así que analicemos a quiénes no aplicaría esta posible modificación.

En 2022, la diputada Susana Prieto, secretaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, presentó la iniciativa en la Cámara de Diputados, y desde el principio, la propuesta generó una intensa polémica, no solo por las esperanzas que suscitó entre los trabajadores, sino también por las preocupaciones sobre su impacto económico.

Diversos grupos empresariales y cámaras de comercio han expresado su posición al respecto, mayoritariamente en contra, sin embargo, también ha habido empresarios que se han manifestado a favor, como es el caso de Carlos Bremer.

ESTO CONTEMPLA LA PROPUESTA DE REFORMA A LA LFT EN LA JORNADA LABORAL

La propuesta presentada por la legisladora Prieto Terrazas busca reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales, con dos días de descanso obligatorio por cada cinco trabajados, dicha iniciativa tiene como objetivo reformar el apartado A del artículo 123 de la Constitución Mexicana, dirigida a millones de personas que actualmente trabajan largas jornadas.

Además de la reducción de horas, se espera que esta medida mejore los términos en la relación entre empleadores y empleados, eliminando la posibilidad de que los trabajadores estén a disposición de sus jefes incluso fuera de su horario laboral.

¿A QUIÉNES NO AFECTARÍA LA MODIFICACIÓN DE LA JORNADA LABORAL DE 40 HORAS?

Aunque la aprobación de la reforma está lejos, se proyecta que aquellos que trabajan seis días a la semana con jornadas diarias de ocho horas o más serían los principales beneficiarios, sin embargo, la reducción de la jornada no aplicaría para aquellos que trabajan cinco días o menos, siempre y cuando cuenten con un horario fijo de ocho horas o menos. Es decir, aquellos con jornadas más cortas y menos días de trabajo no experimentarían cambios en sus horarios laborales.