Los legisladores del Senado hicieron modificaciones a los requerimientos para tener derecho a una pensión por viudez
Por: Ofelia Fierros
Para las parejas de asegurados fallecidos, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga una pensión de viudez.
El Senado de la República aprobó en noviembre de 2022, una serie de modificaciones que condicionan la obtención de la pensión por viudez, por razones de edad y duración del lazo matrimonial.
Por lo que, a partir del 24 de marzo de 2023 se eliminaron algunos requisitos para tramitar el pago de la misma.
ESTOS SON LOS REQUISITOS QUE FUERON ELIMINADOS PARA EL TRÁMITE DE PENSIÓN POR VIUDEZ
• Ya no será necesario demostrar el periodo de tiempo que vivieron juntos como pareja.
• Serán válidos los matrimonios donde el beneficiario de la pensión se casó después de los 55 años de edad.
Con estas modificaciones se eliminan los obstáculos legales que han existido históricamente y que vulneran los derechos fundamentales de las personas, en este caso, de quienes tienen el derecho a una pensión por viudez, como son las esposas o concubinas de los trabajadores fallecidos
SENADO APRUEBA BENEFICIO A MATRIMONIOS DEL MISMO SEXO
Los senadores aprobaron por unanimidad una minuta que busca garantizar el acceso y goce de la protección social, servicios y prestaciones a los cónyuges y concubinas del mismo sexo de quienes estén asegurados ante el IMSS y el Issste.
Dado que los cónyuges o parejas del mismo sexo son excluidos como beneficiarios de la seguridad social, los legisladores enfatizaron que las normas del IMSS y del Issste están redactadas de manera restrictiva.
Asimismo, señalaron que discrimina a la comunidad LGBTTTIQ, por lo que, para terminar con la discriminación de los matrimonios igualitarios se introdujo el nombre genérico “cónyuge”, en el ejercicio de su derecho a la protección social.