Por: Eduardo Sánchez
El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil confirmó resoluciones de dos instancias previas, en el sentido de que prescribió la posibilidad de demandar la nulidad del contrato de donación, por el cual presidencia asumió control de la residencia tras la muerte de Soledad Orozco Viuda de Ávila Camacho, en 1996.
Se trata de un bien de dominio público de la Federación, por lo que bastaría un Acuerdo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para desincorporarlo, para su venta o donación, u operar otras figuras como la concesión.
Esto sin contar la propia residencia, un palacete con 5 mil 359 metros cuadrados de construcción que alberga 63 obras de arte y mil 390 objetos, muebles y accesorios decorativos, que en 2005 fueron valuados en 75 millones de pesos.
Ávila Camacho y su esposa no tuvieron hijos, por lo que se desconoce quiénes son los parientes de Orozco que tendrían derecho a ser sus herederos.