Aunque te enfurezcas por el incidente, dañar un vehículo por estar en tu cochera puede acarrearte graves sanciones
Por: Edel Osuna
Con el aumento en el número de vehículos circulando por grandes ciudades del mundo, es muy común que los espacios de estacionamiento se saturen, lo que obliga a muchos automovilistas a recurrir a aparcarse en sitios indebidos.
Esto ocurre con gran frecuencia en las cocheras. Y aunque es muy común en México que los dueños, suelen advertir a los conductores que no lo hagan o les poncharán las llantas.
¿QUÉ TIPO DE DELITO COMETO SI PONCHO LAS LLANTAS AJENAS?
Pese a que pareciera que al propietario de la cochera le asista la razón, esto no es así, pues estaría incurriendo en el delito penal de daño en propiedad ajena.
Esta es una infracción que no es otra cosa que dañar, intencional o negligentemente, la propiedad de otra persona. Este ilícito, de conformidad con el artículo 399 del Código Penal, puede ser sancionada con multas y hasta con cárcel, lo que dependerá de la gravedad del daño.
"Cuando por cualquier medio se causen daño, destrucción o deterioro de cosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple", y aplica también a quienes ponchen los neumáticos al molesto automovilista.
Por otra parte, es importante señalar que el daño en propiedad ajena es personal, por lo que la sanción no puede transferirse a terceros, así que quien haya causado el daño será el responsable y asumirá las consecuencias legales.
Y es que, entre las consecuencias está que podrías ser demandado legalmente, para lo cual deberás comprobar que el daño no lo hiciste intencional o negligentemente, y deberás presentar pruebas de lo contrario.
ESTO DEBES HACER PARA QUE NO SE ESTACIONEN EN TU COCHERA
A fin de que no te veas orillado a ponchar llantas, poner cadenas o botes con cemento, de acuerdo con la propia ley, en caso de que un automovilista "se pase de vivo" y sin justificación alguna se estacione en la entrada de tu cochera, debes llamar de inmediato a Tránsito Municipal, para que sean los agentes quienes sancionen al conductor o, en su caso, llamen una grúa para el arrastre.
Y es que, aunque cumplas con tus impuestos, así como el pago de agua, predial o energía eléctrica, esto aplica únicamente de la banqueta al interior; es decir que el espacio para que pasen los transeúntes es propiedad pública.
Esto mismo pasa cuando alguien ocupa espacio más allá del límite de su propiedad, por lo que cuando los viandantes se quejan, viene la autoridad y obliga a quitar la invasión, además de aplicar la multa correspondiente.