Este día de descanso obligatorio cambiará de fecha a partir de 2024

Lo que ya es oficial y un hecho para el 2024 es la modificación en los días de descanso obligatorio, según lo establecido por la LFT

Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz

2024 se erige como un año destacado debido a la celebración de las Elecciones en México, ya que tras seis años del actual mandato, se llevará a cabo la votación para elegir al próximo presidente de la República Mexicana.

Sin embargo, las incertidumbres no solo se centran en el futuro del país; al regresar de las vacaciones navideñas, las interrogantes se enfocan en los días de descanso obligatorio que se establecerán durante el año.

Lo que ya es oficial y un hecho para el 2024 es la modificación en los días de descanso obligatorio, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

CAMBIO EN DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO

En años anteriores, el día de descanso obligatorio correspondía al 1ro de diciembre por el cambio de gobierno cada seis años. No obstante, a partir del 2024, este día ya no figurará en la lista, siendo reemplazado por el 1ro de octubre según lo indica la Ley Federal del Trabajo.

En consecuencia, se podría decir que el 1ro de diciembre desaparece de la lista de descansos obligatorios, pero no implica una reducción en los días de descanso, ya que se compensa con el adelanto al 1ro de octubre.

Por lo tanto, a partir del 2024, los días de descanso obligatorio según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo son los siguientes:

  • El 1ro de enero.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
  • El 1ro de mayo.
  • El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 1ro de octubre de cada seis años por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.

¿CUÁLES SON TUS DERECHOS SI TRABAJAS EN DÍA FERIADO?

En caso de trabajar en un día de descanso obligatorio, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que tanto empleadores como empleados deberán acordar el número de trabajadores que prestarán servicios ese día.

Aquellos empleados que deban laborar recibirán, además del salario correspondiente al descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.

Adicionalmente, si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el empleador deberá cubrir el pago de la prima dominical establecida en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.