Por: Eduardo Sánchez
Con la aprobación de la reforma constitucional, el presidente de la República y los legisladores federales podrán ser juzgados por corrupción y fraude electoral, además de traición a la patria y delitos graves.
Pero también, abundó, por violación, delitos electorales, corrupción, desaparición de personas, delitos en materia de armas de fuego y explosivos y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, con lo que se amplía el catálogo de delitos para juzgar a estos funcionarios públicos.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Gobernación, Cristóbal Arias, expuso que se trata de reformar el artículo 108 para que el presidente y los legisladores federales puedan ser juzgados durante el tiempo de su encargo por los delitos establecidos en el artículo 109 constitucional.
Además, detalló que se modifica el artículo 111 respecto al procedimiento del juicio de procedencia, para acabar con la impunidad de los altos funcionarios, tal como ofreció el presidente Andrés Manuel López Obrador en campaña.