De ley: establecen el alcoholímetro en todo México

El martes fue aprobada por el Senado la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, con algunas modificaciones, como la aplicación del dispositivo

Por: Edel Osuna

El Senado de la República aprobó la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, que tuvo algunas modificaciones; con ella se busca una aplicación más trascendente en todo México.

La nueva disposición tiene como finalidad la prevención de accidentes viales, por lo que el alcoholímetro se aplicará a nivel nacional.

Además, prohíbe el uso del celular al momento de conducir y se establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad para todos los ocupantes de un auto.

Fueron legisladores de Movimiento Ciudadano (MC) los que impulsaron la ley, a la que califican como "la mejor pieza legislativa en Latinoamérica "que "pone a México a nivel mundial en esta materia".

Actualmente, cada estado del país cuenta con sus propias normas en la materia; sin embargo, esta ley plantea homogenizar algunos artículos en la república.

LO QUE SE MODIFICÓ

La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial estipula la aplicación del alcoholímetro en todo el territorio nacional, además de fijar límites de velocidad iguales.

Asimismo, queda prohibido conducir con 0.25 miligramos de alcohol por litro de aire (mg/L) en aire espirado, o de 0.05 gramos por litro de sangre (g/dL).

Emn el caso de los motociclistas, estos parámetros serán de 0.1 mg/L o 0.02 g/dL, y, en el caso de los transportistas, no habrá tolerancia.

Además, se ajustó el límite de velocidad, que será de 30 kilómetros por hora (km/h) en calles secundarias y terciarias, de 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado; y en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.

También se ajustó la velocidad de tránsito en carreteras y autopistas federales, cuya máxima será 110 kilómetros por hora para automóviles, de 95 km/h para autobuses y 80 kilómetros por hora para el transporte de bienes y mercancías.

Esta ley pone a los peatones como prioridad; le siguen los ciclistas, patinadores, patinetas y triciclos; le siguen el transporte público, el transporte de carga, y finalmente automóviles particulares y motociclistas.