¿CURP con fotografía no va en México? Esto sabemos

Esta iniciativa pretende abrogar la Ley General de Población promulgada en 1974 para expedir una nueva Ley de Población en nuestro país

Por: Luis Valenzuela

El dictamen que busca modificar la Clave Única de Registro de Población (CURP), para que incluya fotografía y huellas dactilares del interesado, fue devuelto por las comisiones dictaminadoras, de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda, la Mesa Directiva del Senado.

Eduardo Ramírez, presidente de la Junta de Coordinación Política, ya había anunciado desde la semana pasada que el dictamen sería ajustado por los senadores de dichas comisiones, toda vez que no había consenso para su aprobación entre los grupos parlamentarios.

“A solicitud de las comisiones dictaminadoras se devuelve el dictamen que contiene el proyecto de decreto que abroga la Ley General de Población, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1974 y se expide la Ley General de Población”, determinó la Mesa Directiva del Senado.

En la nueva Ley General de Población, establece que cuando una persona se incorpore el Registro Nacional de Población se le asignará una Clave Única de Registro de Población (CURP), en donde se incluirá una fotografía del rostro y que servirá como documento de identificación oficial.

Desde el mes de marzo de este 2023 se presentó esta propuesta por parte de las senadoras morenistas Olga Sánchez Cordero y Mónica Fernández Balboa; y en septiembre pasado fue aprobada en comisiones.

Se estipula que esta nueva CURP será obligatoria tanto para los menores de edad como para las personas adultas, y tendrá una vigencia de 15 años.

De aprobarse de manera definitiva en el Congreso de la Unión, este documento sería expedido por la Secretaría de Gobernación mediante el Consejo Nacional de Población y a pesar de que la CURP incluirá datos biométricos como las huellas dactilares, no se contempla presupuesto adicional para generar el nuevo documento.

Los registros se dividirán en tres instrumentos: un Registro Nacional de Ciudadanos, uno de Niñas, Niños y Adolescentes, menores de 18 años, en donde se contará con datos de los registros civiles; y por último un Catálogo de los Extranjeros residentes en México.

La ciudadanía tendrá la obligación de inscribirse en el Registro, también de tramitar la renovación dentro de los 30 días posteriores a que venza el documento que será de 15 años.