CFE: ¿Quieres cambiar el nombre en el recibo de luz si el titular falleció? Así puedes hacerlo

Para este proceso hay personas específicas que lo pueden hacer, así como llenar una serie de requisitos que no pueden saltarse

Por: Edel Osuna

La Comisión Federal de Electricidad, más conocida como CFE, es la empresa productiva del Estado mexicano responsable de proveer de energía a todo el territorio nacional, pero también de internet y de electrodomésticos, como aires acondicionados, refrigeradores y focos ahorradores de corriente, los cuales se pagan a través del recibo.

Ahora, es importante que la factura de electricidad cuente con datos como el cliente, el número de servicio y desglose los cobros que suman la totalidad del recibo.

Sin embargo, también muchas personas se cuestionan qué pasa si el titular del recibo de energía fallece y si puedo cambiar el nombre. Y la respuesta es que sí, pero para ello se debe llenar una serie de requisitos.

CÓMO CAMBIAR EL NOMBRE DEL CONTRATO DE LA LUZ

Para dar este importante paso, es necesario realizar el cambio de titular a la brevedad de la muerte del titular; es decir, estar al corriente, para que el servicio no sea suspendido o se acumulen adeudos.

Ahora es importante también señalar quiénes pueden solicitar ante la CFE el cambio de titular, y puede ser alguna persona que aparezca en la siguiente lista:

El cambio de titular puede ser solicitado por:

  • Cónyuge o concubino(a) del titular fallecido.
  • Hijos del titular fallecido.
  • Ascendientes (padres o abuelos) del titular fallecido.
  • Descendentes (hijos o nietos) del titular fallecido.
  • Hermanos del titular fallecido.
  • Cualquier persona que acredite tener un interés jurídico en el inmueble (copropietario o inquilino).

Por otra parte, para llevar a cabo este proceso, es sumamente necesario que la persona que lo gestione presente la siguiente documentación:

  • Acta de defunción del titular y datos personales del fallecido
  • Identificación oficial del nuevo titular
  • Comprobante de domicilio del nuevo titular
  • Solicitud de cambio de titular (puede obtenerse en las oficinas de CFE o se puede descargar en línea).
  • Contrato de compraventa del inmueble (si el nuevo titular sea el nuevo dueño).
  • Código universal que tiene registrado el último recibo de luz

Reunidos los documentos, sigue acudir al módulo de atención de la Comisión, presentarlos y completar el trámite correspondiente.

Es de suma importancia que el solicitante cumpla con todos los requisitos de la CFE y evitar contratiempos.

Finalmente, se debe destacar que este trámite (cambio de titularidad por fallecimiento), es completamente gratuito, al igual que en otros casos, pero el tiempo para que finalice el cambio puede variar, oscilando entre 15 y 20 días hábiles, lapso en que el interesado deberá estar en contacto con la paraestatal a fin de que verifique cómo va el trámite para una transición fluida.