Es importante tener presente que esta gestión sólo la puedes realizar en una ocasión, por lo que debes tener documentos a la mano
Por: Edel Osuna
“Semanas cotizadas”, estas palabras cobran suma importancia para los trabajadores, ya que, además de que las escucharás durante toda tu vida laboral, de ello dependerá si te jubilas, pensionas o no.
Sin embargo, existen casos en los que el patrón, aunque te cobraba la cuota al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no te la reportaba, o simplemente, por una situación ajena a ambas partes, el instituto no tiene registradas algunas semanas, por lo que es importantísimo que estés al pendiente de ello.
En caso de que no tengas esas semanas cotizadas registradas, existe un procedimiento que debes realizar, a fin de que regularices tu situación.
Así que comparte esta nota, o saca pluma y papel para que registres cómo puedes recuperar ese “tiempo perdido”.
Lo primero que debe saber es que las pensiones se calculan considerando tres importantes elementos:
- Edad en el trabajador decida retirarse
- Promedio salarial
- Cantidad de semanas cotizadas y registradas ante el IMSS.
Estos tres aspectos aplican tanto a quienes se registraron bajo la Ley 73 o Ley 97; algo que se debe considerar es que, si eres de la primera, tienes más ventajas que la segunda, pero eso es “harina de otro costal”; sin embargo, en ambos casos el número de semanas cotizadas es determinante.
Ahora, para saber cuántas semanas tienes ante el Seguro, primero debes obtener un historial, que te extiende el Instituto, y la puedes obtener a través de la página web oficial del IMSS haciendo click en este ENLACE, proporcionar Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguridad Social (NSS) y un Correo electrónico y listo.
También lo puedes hacer presencial en la subdelegación del Instituto que corresponda, para lo cual deberás llevar identificación oficial vigente original (INE o pasaporte), Número de Seguridad Social (NSS).
QUÉ SIGUE
Ahora bien, teniendo el reporte en tus manos, si hallas diferencia entre el informe del IMSS y tus registros, deberás iniciar un proceso que aquí te decimos para recuperar esas semanas cotizadas.
No creas que eres el único, ya que es una situación común que a los trabajadores no les aparezcan los empleos anteriores a 1982, cuando el IMSS inició la digitalización de sus datos.
En ese caso, debes “hacer memoria” de los trabajos en que estuviste, el nombre de los patrones o las empresas que te registraron.
Además, busca la siguiente documentación: INE o pasaporte como identificación, tu CURP y luego tu RFC; con ello, junto con las fechas y nombres de patrones antes de 1982, acudirá ante el IMSS para hacer tu trámite de aclaración de semanas cotizadas, el cual puedes hacerlo en línea o presencial.
Si es en línea (internet) deberás presentar todos los documentos en formato PDF; si es presencial, pues en original y copia.
Aquí tienes que estar muy atento, a que sólo tienes una oportunidad para aclarar tus semanas cotizadas, así que busca la mayor cantidad de documentos que puedas y que te sirvan de comprobante de los periodos que no te registraron.
En caso de no tener documentos, busca información en el Infonavit y pide un historial de aportaciones a la subcuenta de vivienda de 1972 a 1992; con este documento podrías solucionar el problema, pues te serviría para demostrar los años laborados antes de 1982.
SI COBRASTE EL SEGURO DE DESEMPLEO
En caso de que te hayas visto en la necesidad de recurrir al seguro de desempleo, debes saber que, además de entregarte el dinero, también te descuentan un determinado número de semanas.
Si estás en esa situación, también tiene remedio y el proceso a seguir es el siguiente: puedes acudir a tu afore e informar que quieres devolver el dinero que retiraste por el seguro, el cual puede ser total o parcial.
En cuanto devuelvas el dinero, el número de semanas cotizadas que solicitaste también deberán ser reintegradas.
Y aunque no hay límite de tiempo para devolver el dinero, lo más aconsejable es que no lo demores y en cuanto tengas solvencia económica, reponerlo.
Al regresar ese dinero, las semanas cotizadas que perdiste se te deberán reintegrar. Si bien no hay tiempo límite para regresar ese dinero, el consejo de los especialistas es no dejar el tiempo y en cuanto tengas capacidad financiera, lo repongas.
Aunque es un proceso laborioso, es de suma importancia que busques tus semanas cotizadas, para que al final no te lleves la sorpresa que sales debiendo tiempo y debes seguir trabajando hasta completar el periodo requerido. ¡Suerte!