Así puedes hacer un testamento sin la necesidad de ir al notario

Al no realizar un testamento en vida puede hacer que surjan numerosos problemas, como conflictos familiares u obligaciones con el fisco

Por: Luis Flores

Para muchas personas redactar el testamento es considerado un tabú, ya que pensar en la muerte no es plato de buen gusto para nadie. Sin embargo, los notarios aconsejan que el trámite se realice cuanto antes para establecer una jerarquía en el proceso de sucesión de la herencia.

Hay que tomar en cuenta que al no realizar un testamento en vida puede hacer que surjan numerosos problemas, como conflictos familiares u obligaciones con el fisco. Por esta razón, siempre es recomendable hacer este documento por la vía legal, y decidir sobre el destino de la herencia tras nuestro fallecimiento.

PANORAMA

Lo más común es que la redacción del documento se realice ante notario, ya que la mayoría de los ciudadanos prefieren tener asesoramiento profesional. No obstante, también existe la posibilidad de hacer la repartición de la herencia sin tener que ir al notario.

Cabe señalar que cualquier persona puede redactar el testamento de su puño y letra, y que este tenga total validez legal. En cualquier caso, se deben cumplir unas condiciones para que el notario valide este documento tras su fallecimiento.

¿CÓMO HACER UN TESTAMENTO LEGAL SIN IR AL NOTARIO?

El testamento manuscrito es totalmente válido ante notario para repartir la herencia. En este caso, se trata del conocido testamento ológrafo, una modalidad que usan muchas personas que no quieren pasar por ese trámite profesional.

Los requisitos para que el notario valide el documento escrito para repartir la herencia de una persona fallecida son los siguientes:

  • Escrito por una persona mayor de edad.
  • Debe estar redactado en su totalidad por el testador.
  • Debe aparecer su firma, el día, mes y el año en el que se realiza.
  • Si contuviese palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará el testador bajo su firma.

Echando un vistazo a estas condiciones, queda claro que no será válido un documento presentado por ordenador. Y es que en la era de la tecnología se puede llegar a pensar que redactarlo a máquina es válido, pero no es así.

El testamento será considerado inválido por parte del notario si se presenta a máquina, ya que no acredita su veracidad. Y es que un requisito indispensable es que debe estar escrito completamente a mano y firmado por el propio testador.

¿CÓMO SE PRESENTA AL NOTARIO?

En primer lugar, el testador debe establecer qué persona será la encargada de presentar el documento ante el notario.

Así, este deberá protocolizarse en los 5 años siguientes al fallecimiento del testador ante notario, para que puedan repartirse los bienes. Tras entregar el documento presentado como últimas voluntades del fallecido, se extenderá el acta de protocolización de conformidad con la legislación notarial.

La persona a la que el testador le ha confiado el documento es esencial en todo el trámite, ya que será la responsable de presentarlo ante notario en los 10 días siguientes al que tenga conocimiento del fallecimiento.

Y es que si en un primer momento para hacer el testamento no es necesario ir al notario, sí que será imprescindible contar con sus servicios una vez que haya fallecido. Ya que deben cumplirse algunas premisas para validar el documento, en la que sí será necesaria la actuación del profesional.