El documento permite a su poseedor residir y laborar de manera permanente en territorio norteamericano
Por: Edel Osuna
Desde que Donald Trump asumió su segundo mandato como presidente de Estados Unidos, la situación en material de migración y laborales han cambiado radicalmente.
Y es que las deportaciones masivas han regresado a sus países de origen a miles de latinoamericanos, que estaban ilegalmente en busca del sueño americano.
La situación ha calado hasta en quienes solicitan asilo, ya que este fue suspendido de manera indefinida.
LA GREEN CARD PARA EXTRANJEROS
Ahora bien, Estados Unidos emitía un documento específico, la Green Card o Mica Verde, que permitía a los extranjeros vivir y laborar permanentemente en Estados Unidos; sin embargo, con todo lo que ha pasado, de acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), quienes la posean deberán cumplir con un nuevo requisito.
Aunque existen distintas vías legales para conseguir este documento, a partir del 10 de febrero de 2025, tanto los mexicanos, como cualquier otro extranjero que desee obtener la Green Card, los requisitos de elegibilidad podrían variar, dependiendo de la categoría de migrante que presente al momento de la solicitud.
EL REQUISITE INDISPENSABLE PARA LA GREEN CARD
Ahora bien, funcionarios del USCIS explican que los solicitantes deberán de llenar, por lo menos, dos formularios.
Además, será obligatorio usar una versión actualizada del Formulario I-485 para la residencia permanente, cambio con el que se pretende agilizar los trámites y garantizar que las solicitudes cumplan con los estándares.
El comunicado, en el que se notificaba este cambio, se publicó a fines de 2024, y se indicó que a partir del 10 de febrero de 2025 sólo se aceptará la edición 24/10/24 del Formulario I-485, y cualquier edición anterior será rechazada.
ASÍ ES LA NUEVA EDICIÓN DEL FORMULARIO PARA LA GREEN CARD
Ahora bien, entre los cambios en los formularios están que el solicitante que deban presentar un Formulario I-693, también entregarán un informe de examen médico de inmigración y registro de vacunación, o, en su caso, un Formulario I-693 parcial, junto con el Formulario I-485; si no se hace así, el I-485 será rechazado.
En el caso de los solicitantes exentos del Formulario I-864, deberán pedir la exención en el Formulario I-485 en vez de presentar el Formulario I-864W, el cual ha quedado descontinuado y eliminado del sitio oficial del USCIS.
En cuanto a las preguntas en el formulario, los funcionarios de migración explicaron que estos ahora requerirán que el solicitante identifique su categoría de inmigrante, a fin de que las autoridades juzguen en consecuencia.
Esta nueva revisión del formulario, según las autoridades, es parte de una iniciativa aplicada en toda la agencia para reducir "la carga que soportan las personas que solicitan beneficios y servicios de inmigración".