Visitas domiciliarias del SAT: ¿Qué son, cómo operan y a quiénes se selecciona?

Este procedimiento puede realizarse en cualquier momento para revisar contabilidad, estados financieros y documentación de operaciones fiscales

Por: Marcela Islas

Con diciembre en curso, muchas empresas y personas físicas cierran el año entre balances, aguinaldos y celebraciones, por lo que se genera la incógnita de si el SAT pudiera a tocar la puerta.

En estas fechas suelen aumentar las dudas sobre cómo funcionan las visitas domiciliarias, cuándo pueden ocurrir y si existe alguna región del país donde comenzarán antes que en otras.

¿CÓMO SON LAS VISITAS DOMICILIARIAS DEL SAT?

Las visitas domiciliarias forman parte de las facultades de comprobación del Servicio de Administración Tributaria y tienen como objetivo verificar que los contribuyentes estén cumpliendo con sus obligaciones fiscales y aduaneras.

Estas inspecciones pueden realizarse en el domicilio fiscal, en establecimientos o en cualquier local registrado ante la autoridad.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, durante una visita el SAT puede revisar contabilidad, estados financieros, emisión de comprobantes fiscales, bienes, mercancías y toda documentación relacionada con operaciones de relevancia fiscal.

También se incluyen esquemas reportables, la verificación de mercancía extranjera y la atención a solicitudes de devolución.

¿QUÉ SE REVISA EN UNA VISITA DOMICILIARIA DEL SAT?

El procedimiento es formal: el personal debe identificarse, entregar la orden escrita y la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado. Todo queda documentado en actas, y el visitado puede designar testigos.

A su vez, el contribuyente está obligado a permitir el acceso, entregar la información requerida, física o digital, y facilitar la revisión de mercancía o contabilidad electrónica.

En cuanto a derechos, el auditado puede exigir un trato respetuoso, consultar expedientes ya concluidos, presentar pruebas en su defensa y nombrar representante legal o testigos. Si existen indicios de riesgos como ocultamiento de bienes, la autoridad puede asegurar mercancía, documentación o contabilidad.

¿QUIÉN PUEDE SER SUJETO DE UNA VISITA DEL SAT?

El espectro es amplio: personas físicas y morales, responsables solidarios, terceros que custodien documentos, asesores fiscales involucrados en revelaciones obligatorias, instituciones financieras y participantes en fideicomisos.

Las visitas pueden realizarse en cualquier momento del año, generalmente entre 7:30 y 18:00 horas. En comercio exterior, las inspecciones están permitidas 24/7. Si el contribuyente no está presente, se deja citatorio para el día siguiente.

¿EN QUÉ ESTADOS COMENZARÁN LAS VISITAS DEL SAT EN 2026?

A la fecha, no existe calendario oficial, lista prioritaria ni estrategia geográfica divulgada por la autoridad. El SAT puede seleccionar a cualquier contribuyente del país si lo considera necesario, sin distinción territorial. No hay campañas masivas anunciadas ni recorridos estatales programados.

En resumen, todas las entidades federativas se encuentran bajo las mismas condiciones de revisión. Al cierre de 2025 e inicio de 2026, ningún estado tiene prioridad para recibir visitas domiciliarias del SAT.

Las inspecciones seguirán aplicándose según los protocolos habituales y con base en las necesidades de fiscalización detectadas en cada caso.