Si has comenzado a atrasarte en los pagos de tus préstamos o tarjetas, es importante conocer en qué momento podrías sufrir consecuencias graves
Por: Jesús Alvarez Mejilla
Es importante mencionar que no cumplir con el pago de servicios financieros como préstamos o tarjetas de crédito, no suele llevar al deudor a la cárcel; existen diversas variables a tomar en cuenta. En México tener deudas puede llevar a que la persona afectada sea embargada; sin embargo, no todos los montos llevan a este tipo de consecuencias.
Una deuda es una obligación financiera contraída tras haber pedido un préstamo financiero a otra persona o entidad financiera, habitualmente se establecen fechas para devolver esos recursos generalmente con intereses adicionales. Estos últimos suelen acumularse en caso de que el pago no se realice a tiempo; conforme avanza el tiempo estos montos pueden crecer llegando a duplicarse.
¿CUÁL ES EL MONTO DE LA DEUDA QUE PUEDE LLEVAR A SER EMBARGADO?
En México no existe una ley que establezca un monto mínimo para realizar un embargo, por lo que, cualquier deuda que no sea pagada en tiempo podría ser una razón potencial para poder ser embargado. Sin embargo; es importante aclarar que los acreedores suelen evaluar los montos de dichas deudas para determinar si vale la pena o no iniciar un proceso de embargo.
Para poder comenzar este proceso, se necesita iniciar un juicio ejecutivo mercantil ante un juzgado, este punto es relevante pues cualquier intento de embargo fuera de los límites legales deben ser denunciados. El embargo sólo deberá de ser aceptado al momento en que se presente una orden; misma en dónde aparezcan los sellos de instancias legales que den fe al procedimiento con el fin de subsanar las deudas.
Por tanto, serán las instituciones financieras las encargadas de evaluar si el monto de la deuda acredita o no comenzar con el proceso de embargo, esto debido a que dicho procedimiento podría no resultar rentable frente a las deudas obtenidas.
¿CÓMO PUEDES EVITAR UN EMBARGO?
Para poder evitar el embargo, el deudor puede buscar realizar una de las siguientes opciones:
- Pagando la deuda.
- Negociando la deuda.
- El deudor puede presentar una demanda, alegando que la demanda que recibió no es válida. Esta hay que presentarla 4 días después de que se notifique el embargo.
- A través de un embargo por tercería, alegando que el patrimonio no nos pertenece y es de una tercera persona. Por tanto, si no te pertenece, no te lo pueden embargar