SAT: ¿qué pasa con las tandas y ventas por catálogo?

El Servicio de Administración Tributaria aclaró si se cobra un impuesto por estos depósitos

Por: Ofelia Fierros

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido límites para los depósitos y retiros de efectivo de cuentas bancarias, sin que se necesite que el banco notifique al Fisco. Y un hecho que frecuentemente genera confusión, es si el SAT toma en cuenta las tandas o las ventas por catálogo como parte de esos montos.

Estas regulaciones se aplican en específico al dinero en efectivo, tanto en moneda nacional como extranjera, así como a los depósitos en efectivo derivados de cheques emitidos a favor de personas físicas o morales, mismas que se rigen por la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR). 

ESTA ES LA CANTIDAD LÍMITE PARA DEPÓSITOS EN EFECTIVO

Los depósitos en efectivo en cuentas bancarias tienen un límite de 15 mil pesos al mes, pero si estos depósitos, así como los retiros se exceden, el banco en el que se realizan está obligado a avisarle al SAT.

Es importante saber que son los bancos los responsables de imponer el impuesto correspondiente a los depósitos en efectivo.

En caso de inconsistencias o de montos superiores a 15 mil pesos, el SAT puede hacer una auditoría para investigar sobre el origen del dinero.

“Solo en aquellas auditorías en las que se detecten incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información, para evitar defraudaciones fiscales”, apuntó el Sistema de Administración Tributaria.

USO DE CUENTAS BANCARIAS PARA TANDAS O VENTAS POR CATÁLOGO

Los depósitos en efectivo no gravan impuestos cuando se trata de pagos o transacciones específicas, según constató oficialmente el SAT, como las tandas y las ventas por catálogo.

"Es pertinente aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuesto", informó el SAT mediante un comunicado.

Por lo que, hasta el momento, el SAT no cobra impuestos extras por depósitos por tandas y ventas por catálogo, aunque excedan los 15 mil pesos mensuales.