SAT: ¿Qué es el buzón tributario y por qué se debe activar antes de 2024?

La falta de activación de esta herramienta puede resultar en multas y complicaciones en la comunicación con la institución

Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz

El Servicio de Administración Tributario (SAT) ha anunciado a través de un comunicado que los contribuyentes cuentan con plazo hasta el 31 de diciembre para activar el Buzón Tributario, con el fin de evitar sanciones por incumplimiento con la institución.

El Buzón Tributario, establecido como un canal de comunicación esencial entre el SAT y los contribuyentes, sirve para informar y recordar a los usuarios sobre sus obligaciones fiscales.

Esta herramienta, que opera a través del correo electrónico, se volvió obligatoria desde el año 2020, y la falta de activación puede resultar en multas y complicaciones en la comunicación con la institución.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A HABILITAR EL BUZÓN TRIBUTARIO?

Es importante señalar que no todos los contribuyentes están obligados a habilitar el Buzón Tributario.

Aquellos que sean asalariados, no tengan obligaciones fiscales, cuenten con ingresos anuales menores a 400 mil pesos o no estén involucrados en actividades económicas pueden prescindir de esta activación.

¿CÓMO ACTIVAR EL BUZÓN?

Para aquellos contribuyentes que deben activar el Buzón Tributario, el proceso implica los siguientes pasos:

  • Ingresar a la página oficial del SAT.
  • Seleccionar la opción de Buzón Tributario.
  • Acceder mediante contraseña o e.firma.
  • Elegir la opción de Configuración.
  • Capturar el código de activación recibido vía SMS.

REQUISITOS

Es esencial contar con los siguientes requisitos para completar exitosamente la activación:

  • e.firma o firma electrónica.
  • e.firma portable o contraseña.
  • Correo electrónico.
  • Número de teléfono celular.

MULTAS

En caso de no cumplir con la habilitación del Buzón Tributario, se establece una multa conforme al artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.

Dicha infracción, que incluye la no habilitación del Buzón, la falta de registro o actualización de los medios de contacto, conlleva una sanción de 3 mil 420 pesos a 10 mil 260 pesos.