De acuerdo a la autoridad tributaria, son las propias instituciones bancarias quienes reportan todo tipo de movimiento monetario al fisco
Por: Luis Flores
En la actualidad, los servicios bancarios y financieros son altamente demandados, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está especialmente atento en vigilar los movimientos de los contribuyentes, ello fin de evitar la comisión de delitos relacionados, sobre todo, con el lavado de dinero.
Bajo este entendido, los depósitos bancarios en efectivo que superan los 15 mil pesos en un mes, además de ser informados al SAT, generan el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
De acuerdo al SAT, los propios bancos son quienes efectúan directamente el cobro de este impuesto, que equivale al tres por ciento sobre el excedente de los 15 mil pesos.
¿QUÉ DEPÓSITOS NO SON CONSIDERADOS EN EFECTIVO?
El SAT, no considera estos depósitos en efectivo:
- Los que se realizan a favor de personas físicas y morales mediante transferencias electrónicas.
- Traspasados de cuenta.
- Títulos de crédito.
- Cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
¿QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A PAGAR EL IDE?
La ley contempla algunas excepciones en el pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y son:
- La federación, entidades federativas, municipios y entidades de la administración pública paraestatal.
- Personas morales con fines no lucrativos.
- Personas físicas y morales, por los depósitos en efectivo que realicen, hasta por un monto acumulado de 15 mil pesos cada mes, excepto por adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
- Las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que reciban por su intermediación financiera o por la compra-venta de moneda extranjera.
- Personas físicas por los depósitos en efectivo que a su vez sean ingresos por los que no se pague el Impuesto sobre la Renta (agentes diplomáticos y consulares, empleados de embajadas y miembros de delegaciones oficiales, entre otros.
- Las personas que realicen depósitos en efectivo por motivo de los créditos otorgados por las instituciones del sistema financiero, hasta por el monto adeudado a las mismas.
¿QUÉ DEPÓSITOS BANCARIOS NO GENERAN IMPUESTOS?
- Los de transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
- Depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas hasta por un monto que no exceda los 15 mil pesos en cada mes del calendario.
- Los pagos efectuados que no sean en efectivo, sino a través de depósitos por traspaso o transferencias electrónicas, aun cuando estos sean mayores a los 15 mil pesos.
- Transferencias electrónicas de fondos que hacen los residentes en el extranjero, ya que no se considera un depósito en efectivo.