SAT aclara que la Constancia de Situación Fiscal ya no es requisito para emitir facturas electrónicas

Condicionar la emisión de un CFDI a la presentación de la CSF o de la Cédula de Identificación Fiscal es una infracción

Por: César Leyva

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas (CFDI), por lo que ningún contribuyente puede condicionar la entrega de una factura a cambio de dicho documento.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, condicionar la emisión de un CFDI a la presentación de la CSF o de la Cédula de Identificación Fiscal es una infracción, que puede ser sancionada con multas que van de 21 mil 420 hasta 122 mil 440 pesos.

El SAT reiteró que para emitir una factura, el contribuyente únicamente necesita cuatro datos básicos: RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal, información que puede consultarse mediante la Cédula de Datos Fiscales disponible en el portal oficial.

EMPLEADORES NO DEBEN EXIGIRLA

El organismo fiscal señaló que los empleadores tampoco deben exigir la CSF a sus trabajadores para el timbrado de nómina, ya que pueden solicitar la información directamente mediante un caso de aclaración conforme a la ficha de trámite 44/CFF, contemplada en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

La dependencia recordó que la Constancia de Situación Fiscal contiene datos relevantes únicamente para la persona contribuyente, como sus actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no es necesaria para la expedición de CFDI.

DOCUMENTO QUE NO TIENE VIGENCIA

Otro punto aclarado es que la CSF no tiene vigencia definida. Únicamente se actualiza cuando el contribuyente modifica información en el RFC, como domicilio fiscal, régimen o actividades económicas, así como la incorporación o cambio de CURP. Por ello, el SAT indicó que no existe obligación de obtenerla periódicamente.