¿Ganas el salario mínimo? Esto es lo que te toca de aguinaldo en 2025

El artículo 87 de la LFT establece que todos los trabajadores formales deben recibirlo antes del 20 de diciembre; conoce cuánto te corresponde

Por: Marcela Islas

Con el cierre del año a la vuelta de la esquina, muchos trabajadores en el país ya empiezan a calcular cuánto recibirán de aguinaldo, una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores.

Esta compensación económica, lejos de ser un "extra", es una obligación patronal que forma parte de los derechos laborales fundamentales en México y cuya entrega está respaldada por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El artículo 87 de la LFT establece que todos los trabajadores formales deben recibir al menos 15 días de salario como aguinaldo, y que el pago debe realizarse antes del 20 de diciembre.

Aunque ese es el piso legal, algunas empresas otorgan un número mayor de días como prestación adicional, por lo que en ciertos casos el monto puede superar la cifra mínima.

¿CUÁNTO TE CORRESPONDE SI GANAS EL SALARIO MÍNIMO?

Para 2025, el salario mínimo se mantiene diferenciado en dos zonas:

  • Zona del Salario Mínimo General (ZSMG), que incluye la mayor parte del país, incluida la CDMX - 278.80 pesos diarios.
  • Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), municipios colindantes con Estados Unidos - 419.88 pesos diarios.

Con base en estos montos, el aguinaldo mínimo queda así:

  • Zona General (ZSMG) - 278.80 × 15 días = 4,182.00 pesos
  • Zona Frontera Norte (ZLFN) - 419.88 × 15 días = 6,298.20 pesos

Estas cantidades aplican para quien laboró los 365 días del año. Si tu empresa otorga más días, el total aumentará proporcionalmente.

¿QUÉ PASA SI NO TRABAJASTE EL AÑO COMPLETO?

La ley garantiza un aguinaldo proporcional al tiempo trabajado. La fórmula es sencilla:

(Días trabajados ÷ 365) × 15 días × salario diario

Por ejemplo, un trabajador con salario mínimo de la Zona General que laboró 182 días (medio año) recibiría:

(182 ÷ 365) × 15 × 278.80 ˜ $2,086 pesos

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES RESPECTO AL AGUINALDO?

  • El aguinaldo debe entregarse en una sola exhibición, ya sea en efectivo o por transferencia.
  • No debe incluir descuentos indebidos.
  • Si tu patrón no paga o entrega menos de lo que marca la ley, puedes presentar una queja ante Profedet, Juntas o Tribunales Laborales.
  • Tienes hasta un año posterior al 20 de diciembre para reclamar.

El aguinaldo es un derecho irrenunciable. Conocer tus cifras y tus plazos te permite exigirlo sin rodeos y evitar abusos en una de las fechas más sensibles para la economía familiar.