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DIF desoye a orden del juez

DIF desoye a orden del juez

A pesar de que el juez Octavo de Distrito, con sede en Ciudad Obregón, ordenó a fines de marzo a la Subprocuraduría de la Defensa de Niñas, Niños y Adolescentes de Navojoa la convivencia del menor O.S.Q.R. con su madre, Martha Isabel Rivera Cota, dicha autoridad responsable ha hecho caso omiso, informó el abogado Julio Lugo Sánchez.

Al término de la primera audiencia, celebrada entre las partes involucradas, mencionó que el 12 de marzo se informó al Juzgado que dicha dependencia de DIF no había llevado a cabo ningún acto tendiente a permitir a la señora visitar al menor, “que desde enero pasado se encuentra retenido ilícitamente en el Albergue Temporal Caari Al Leiya, que es manejado por el Gobierno Municipal”.

“Previamente se les había indicado a las autoridades responsables que le dieran al niño O.S.Q.R. un lugar adecuado y los cuidados necesarios durante su estancia en el albergue, en el que contara con los artículos necesarios para su desarrollo físico y mental. Además, permitirle la convivencia a la madre del menor, en horarios y días establecidos por las autoridades responsables, sin que pudieran modificársele arbitrariamente”

Sin embargo, subrayó Lugo Sánchez, el desacato al ordenamiento prevalece, generando con ello agravios fuertes en cuanto a los derechos del menor, que fueron pasados por alto de manera arbitraria por el personal a cargo de la dependencia municipal.

Por ello, se les requirió desde el martes 13, tanto a la Subprocuraduría de la Defensa de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes como a la directora del Albergue Temporal Caari Al Leiya, para que dentro del término de 24 horas precisaran las actuaciones realizadas en sus respectivos ámbitos.

Ello, con la finalidad de dar cumplimiento a la suspensión provisional (régimen de visita), remitiendo fotocopia certificada de las constancias que así lo acrediten al Juzgado Octavo de

Distrito, ya que en caso de ser omisos de nueva cuenta serán acreedores a una sanción de índole federal, añadió el abogado.

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ANTECEDENTES DEL CASO

Lugo Sánchez recordó que los hechos se originaron el pasado 9 de enero, cuando el niño O.S.Q.R., de un año y ocho meses de edad, andaba fuera de su casa, ubicada en calle Benjamín Hill SN, entre Luis Donaldo Colosio y Yavaros, en la colonia 16 de Septiembre, en Navojoa.

La madre del menor fue avisada por los vecinos de que policías municipales habían dicho que se lo llevarían al DIF, lo que ocurrió finalmente, para después ser llevado al Albergue Temporal Caari Al Leiya.

El abogado dijo que empleados de la Subprocuraduría impidieron a la señora visitar a su hijo y que solamente podía hacer una videollamada, lo que ha hecho nada más en una ocasión desde que se registraron los hechos.

Señaló también que a la madre del menor se le pidió que, si desea recuperar a su hijo, se someta a diversos exámenes antidoping, pagados por ella, así como asistir a terapias psicológicas, cuyo lugar también debe ser buscado por ella.

“Es por ello que se promovió un juicio de amparo contra esos actos de autoridad, por resultar lesivos en contra del derecho que ejerce la mamá sobre el menor, denominado patria potestad, además del derecho del niño a tener un desarrollo digno y armónico en el seno familiar, lo que no se da al encontrarse retenido de manera ilícita en el albergue mencionado”, explicó Lugo Sánchez