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Finanzas

SAT: entérate cuáles son los depósitos en efectivo por los cuales no pagarás impuestos

Antes de preocuparte, conoce cuáles son los conceptos por los cuales no deberás pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria

SAT: entérate cuáles son los depósitos en efectivo por los cuales no pagarás impuestos

Si eres de las personas que recibe depósitos en efectivo ante algún banco o institución crediticia, debes saber que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) supervisa los movimientos en efectivo mayores a 15, 000 pesos.

Además, desde este 2023 los bancos tienen la obligación de enviar un reporte mensual de estos movimientos por parte de algún cuentahabiente.

Esto como parte de los cambios en la Miscelánea Fiscal, que modificó su Artículo 55 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

¿CUÁLES SÍ Y CUÁLES NO?

Antes que nada, es importante tener claro que el SAT considera como depósitos en efectivo, todos aquellos realizados en moneda nacional o extranjera así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja ante un banco o institución financiera.

Quedan exentos como depósitos en efectivo, los realizados por transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito u otro documento del sistema bancario.

Sin embargo, no todos los depósitos en efectivo de 15, 000 pesos o más deben pagar impuestos, dado que hay algunos que exentan este cobro los cuales compartimos a continuación:

1.     Depósito a un hijo que vive lejos y se le envía dinero para su sostenimiento

2.     Depósito entre parejas o cónyuges o bien, las que reciban los descendientes (hijos, nietos o bisnietos) de sus ascendientes en línea:

Recta (padres, abuelos o bisabuelos) o en su caso, la que reciban los ascendientes de sus descendientes, sin importar el monto u otros donativos, siempre y cuando el valor total de lo que se recibió, no pase de tres veces el salario mínimo de donde se encuentre el contribuyente, ya que si se excede se tendrá que pagar el impuesto que corresponda.

3.     Depósito correspondiente a pensiones alimenticias. Dado que el impuesto sobre la renta (ISR) ya se cobró al salario de la persona que emitió el depósito, a este concepto no se le realiza ningún impuesto adicional.